La Nueva Reforma de Vacaciones 2023

«VACACIONES DIGNAS»… La Nueva Reforma

Ante la Aprobación de la Nueva Reforma denominada «Vacaciones Dignas» para el 2023, surgen muchas dudas con respecto al que pasará con los Días Pendientes de Vacaciones y los Trabajadores que ingresaron en 2022 y que aún no cumplen su Primer Aniversario; pero que cumplirán Aniversario en 2023, cuando la Reforma entre en Vigor.

Un Ejemplo de los Principales Dilemas es con los Trabajadores que pudieran haber ingresado el 1 de Julio del 2022, con lo que estaríamos frente a una Proporción Devengada del 50% de los 6 días al 31 de Diciembre, que por Ley le corresponden como Mínimo el Primer Año, lo cual significaría un Acumulado de 3 Días, posteriormente en el 2023 estarían Devengando el otro 50% de sus Vacaciones; pero en este caso al ser 12 Días el Nuevo Mínimo de Ley, se estaría ante la duda si el Acumulado de la segunda mitad es de 6 Días, con lo cual el Trabajador estaría obteniendo un Periodo Vacacional de 9 Días (3 Días de los Primeros 6 Meses laborados en el 2022 y 6 Días de los 6 Meses Siguientes del 2023).

Otro Escenario es que el Trabajador al estar Cumpliendo su Aniversario en el 2023 y estar en Vigor la Nueva Reforma, obtendría el Derecho a los 12 Días como Mínimo que estable la Reforma para el Primer Aniversario, es decir, que la clave sería la Fecha de Aniversario del Trabajador, con lo cual estaríamos aplicando el Cálculo Vigente al día en que se Cumpla el Aniversario.

Para hacer mas claro el Panorama, podemos remontarlos al Art. 18 de LFT, que nos dice «En caso de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador»

Las siguientes Tablas nos muestran un comparativo entre las Vacaciones que disfruta un Trabajador Hoy en Día y las Vacaciones que contempla la Nueva Reforma denominada «Vacaciones Dignas» en el 2023.

 

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